Quienes aportan a fondos deberán ahorrar más o pensionarse más tarde si quieren mantener las expectativas. Efectos en finanzas del Estado.
El aumento en la esperanza de vida de los colombianos, que significa que la muerte está llegando más tarde de lo previsto hace varios años, tiene impactos significativos en el sistema de pensiones.
Las consecuencias caen sobre las aseguradoras que pagan las mesadas o rentas vitalicias, las finanzas públicas y, también, sobre actuales cotizantes de los fondos privados y a quienes se hayan ya pensionado con la modalidad de retiro programado.
A continuación se busca responder las inquietudes que han generado las nuevas tablas de mortalidad definidas el lunes por la Superintendencia Financiera, que, como señaló Fasecolda (gremio de las firmas aseguradoras), "reflejan adecuadamente el patrón de mortalidad de los pensionados en Colombia".
¿Cómo se afectan los pensionados del régimen de prima media, como el que administra el Seguro Social?
Como estos pensionados ya tienen establecida la cuantía de la mesada hasta que fallezcan, la decisión de la Superintendencia Financiera no tendrá ningún impacto. Simplemente, que por la nueva esperanza de vida disfrutarán de unos años más de su pensión: siete años las mujeres y cuatro años, los hombres.
¿Cómo se afectan los afiliados al régimen de prima media, como el del Seguro, que aún no se han pensionado?
Este grupo tampoco sentirá efectos porque las condiciones para pensionarse no han cambiado: 55 años de edad las mujeres y 60 los hombres, si están en el régimen de transición; si no, 57 y 62, años respectivamente.
¿Cómo se afectan los pensionados de las AFP que escogieron la modalidad de renta vitalicia?
Ese grupo no tendrá cambio alguno en las condiciones en que su mesada fue contratada con las compañías aseguradoras: se mantiene al igual que los incrementos hacia el futuro que fueron pactados desde un principio.
¿Cómo se afectan los pensionados de las AFP que escogieron la modalidad de retiro programado?
A estos pensionados se les recalculará el monto de la mesada con base en las nuevas tablas de mortalidad; como se espera que vivan más que las proyecciones realizadas con las tablas anteriores, la mesada disminuirá, porque el capital y sus rendimientos tendrán que estirarse para cubrir más años. Sin embargo, aclara Asofondos, con el fin de reducir el impacto de la modificación de las tablas la Superfinanciera estableció un régimen de transición mediante el cual el cambio de tablas se hará gradualmente durante un periodo de 20 años, por lo que el impacto anual será poco significativo y fácilmente compensado por los rendimientos del fondo.
Sin embargo, otros expertos advierten que muchos de estos pensionados terminarán recibiendo una mesada igual al salario mínimo; otros más, debido a que el capital que les queda no alcanza para financiar una pensión mínima, tendrán que recurrir al fondo de garantía de pensión mínima.
¿Cómo se afectan los afiliados actuales a las AFP?
Como la cuantía de la mesada depende del capital y de los ahorros acumulados durante su vida laboral, ahora que aumentó la esperanza de vida tendrán que hacer un esfuerzo mayor y, si pueden, hacer un ahorro adicional en un fondo voluntario de pensiones o jubilarse a una edad mayor a la que tenían prevista.
¿Cómo se afectan las finanzas públicas?
En el régimen de prima media aumentará el pasivo pensional que está a cargo del presupuesto nacional, incremento que podría estar entre el 10 y el 15 por ciento. También podrá aumentar ese pasivo por cuenta del agotamiento del fondo de garantía de pensión mínima para los pensionados de las AFP que tengan que recurrir a ese mecanismo de financiación. No obstante, para Asofondos el régimen privado de pensiones es autofinanciado por lo cual estas variaciones no tendrán ningún efecto sobre las finanzas públicas.
¿Cómo se afectan las aseguradoras que pagan la renta vitalicia?
Las aseguradoras asumieron el riesgo de pagar cierta mesada; como la esperanza de vida se alarga, estas compañías tendrán que responder por la cuantía pactada, así se acaba antes de lo previsto el capital del jubilado.
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